Normatividad y Principios Generales
Normatividad
Norma: Ley 1757 de 2015
Descripción: Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática.
Más Información:
Artículo 102 -Derechos de los ciudadanos en la participación ciudadana- Literal a): Son facultades de los ciudadanos en el desarrollo de las instancias de participación ciudadana: Participar en las fases de planeación, implementación, seguimiento y evaluación de la gestión pública y control político.
Artículo 104 -Deberes de las administraciones nacionales, departamentales, municipales y distritales en la promoción de instancias de participación ciudadana formales e informales creadas y promovidas por la ciudadanía o el Estado- Literal b): Garantizar la participación ciudadana en los temas de planeación del desarrollo, de políticas sociales, de convivencia ciudadana y reconciliación, y de inclusión de poblaciones tradicionalmente excluidas.
Norma: Ley 152 de 1994
Descripción: Ley Orgánica del Plan de Desarrollo. Tiene como finalidad establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo. Se aplica a la Nación, las entidades territoriales y los organismos públicos de todo orden.
Más Información: Artículo 3: Establece los Principios generales que rigen las actuaciones de las autoridades nacionales, regionales y territoriales, en materia de planeación.
Norma: Ley 30 de 1992
Descripción: Por el cual se organiza el servicio público de la Educación Superior.
Más Información:
Artículo 3: El Estado, de conformidad con la Constitución Política de Colombia y con la presente Ley, garantiza la autonomía universitaria y vela por la calidad del servicio educativo a través del ejercicio de la suprema inspección y vigilancia de la Educación Superior.
Artículo 6: Establece los objetivos de la Educación Superior y de sus Instituciones.
Norma: Acuerdo 40 del 05 de Diciembre de 1996
Descripción: Establece el Estatuto General de la Universidad de Cartagena acatando las disposiciones contenidas en la Ley 30 de 1992.
Más Información:
Artículo 44, Literal i): Es función del Rector presentar un programa de desarrollo académico-administrativo y financiero dentro de los seis (6) primeros meses siguientes a su posesión, orientado al cumplimiento del plan de desarrollo institucional.
Artículo 81: La Universidad de Cartagena elaborará un plan de desarrollo institucional a través de la Oficina de Planeación y las Vice-Rectorías. Este pasará al Consejo Académico para lo de su competencia; posteriormente, al Consejo Superior para su aprobación.
Artículo 82: El plan de desarrollo institucional comprende dos áreas: la académica y la administrativa financiera. Esta última incluye el desarrollo físico, y establece sus metas y objetivos según los propósitos de la primera.
Norma: Acuerdo 07 del 21 de Junio de 2005
Descripción: Por medio del cual se modifican normas del acuerdo No. 40 del 5 de diciembre de 1996.
Más Información:
Artículo 4: Los Decanos y los Directores de Programas designados deberán presentar al Rector, dentro de los dos (2) meses siguientes de su posesión el Plan de Desarrollo de su Facultad o Programa respectivamente.
Principios Generales
Los principios generales rigen las actuaciones de las autoridades nacionales, regionales y territoriales, en materia de planeación, y se encuentran establecidas en la Ley 152 de 1994.
- Autonomía
La Nación y las entidades territoriales ejercerán libremente sus funciones en materia de planificación con estricta sujeción a las atribuciones que a cada una de ellas se les haya asignado en la Constitución y la ley, así como a las disposiciones y principios contenidos en la Ley 152 de 1994.
- Ordenación de competencias
En el contenido de los planes de desarrollo se tendrán en cuenta, para efectos del ejercicio de las respectivas competencias, la observancia de los criterios de concurrencia, complementariedad y subsidiariedad.
- Coordinación
Las autoridades de planeación del orden nacional, regional y las entidades territoriales, deberán garantizar que exista la debida armonía y coherencia entre las actividades que realicen a su interior y en relación con las demás instancias territoriales, para efectos de la formulación, ejecución y evaluación de sus planes de desarrollo.
- Consistencia
Con el fin de asegurar la estabilidad macroeconómica y financiera, los planes de gasto derivados de los planes de desarrollo deberán ser consistentes con las proyecciones de ingresos y de financiación, de acuerdo con las restricciones del programa financiero del sector público y de la programación financiera para toda la economía que sea congruente con dicha estabilidad. Se deberá garantizar su consistencia con la regla fiscal contenida en el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
- Continuidad
Con el fin de asegurar la real ejecución de los planes, programas y proyectos que se incluyan en los planes de desarrollo nacionales y de las entidades territoriales, las respectivas autoridades de planeación propenderán porque aquéllos tengan cabal culminación.
- Participación
Durante el proceso de discusión de los planes de desarrollo, las autoridades de planeación velarán porque se hagan efectivos los procedimientos de participación ciudadana previstos en la Ley 152 de 1994.
- Proceso de Planeación
El plan de desarrollo establecerá los elementos básicos que comprendan la planificación como una actividad continua, teniendo en cuenta la formulación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación.
- Eficiencia
Para el desarrollo de los lineamientos del plan y en cumplimiento de los planes de acción se deberá optimizar el uso de los recursos financieros, humanos y técnicos necesarios, teniendo en cuenta que la relación entre los beneficios y costos que genere sea positiva.
- Viabilidad
Las estrategias programas y proyectos del plan de desarrollo deben ser factibles de realizar, según, las metas propuestas y el tiempo disponible para alcanzarlas, teniendo en cuenta la capacidad de administración, ejecución y los recursos financieros a los que es posible acceder.
- Coherencia
Los programas y proyectos del plan de desarrollo deben tener una relación efectiva con las estrategias y objetivos establecidos en éste.